El Crédito Fiscal de IVA comprende todos los impuestos que recaen sobre las compras realizadas por el contribuyente durante el período fiscal correspondiente. Del mismo modo, se extiende a los impuestos relacionados con servicios de naturaleza similar.
Para ser elegible para el Crédito Fiscal del IVA, un vendedor o proveedor de servicios debe haber importado, comprado bienes o utilizado servicios sujetos al IVA. Estos deben consistir en maquinaria, suministros, materias primas o servicios destinados a generar simultáneamente transacciones gravadas con dicho impuesto y transacciones exentas o no gravadas por el mismo.
¿Cuándo es factible emplear el Crédito Fiscal de IVA?
Este crédito se corresponderá con el impuesto consignado en las facturas que respalden las adquisiciones o el uso de servicios. En el caso de las importaciones, el crédito se determinará según el impuesto abonado en la importación de bienes en el territorio nacional durante el mismo período.
En consecuencia, la utilización del crédito fiscal estará vinculada a transacciones que involucren bienes muebles corporales o servicios destinados a formar parte de los activos realizables o fijos de la entidad. También se aplicará este crédito a operaciones relacionadas con gastos generales relacionados con la actividad del contribuyente.
Además, el crédito fiscal podrá utilizarse en las facturas emitidas con motivo de una venta. Por último, también será posible emplearlo en contratos de arrendamiento de bienes raíces que incluyan una opción de compra, así como en los contratos mencionados en el artículo 8º letra e) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA).
Plazo de vigencia del Crédito Fiscal en una Factura de Proveedor
El Crédito Fiscal de IVA contenido en una factura de proveedor puede ser empleado durante el mes en que se emitió el documento. Sin embargo, si se recibe o registra con retraso, en circunstancias excepcionales, se permitirá su uso en los dos periodos tributarios subsecuentes. Es importante señalar que para que esta extensión sea válida, el motivo del retraso no debe ser atribuible al contribuyente.
¿Qué hacer en caso de extravío de una factura?
Si pierdes una factura original, aún es posible respaldar tu derecho al crédito fiscal, siempre y cuando el documento haya sido previamente recibido y registrado por el proveedor.
En esta situación, puedes solicitar una copia autenticada de la factura al proveedor y presentarla ante el Servicio de Impuestos Internos. No obstante, es esencial destacar que esta solución no exime al contribuyente de la responsabilidad de notificar la pérdida del documento en un plazo de diez días hábiles después de su extravío.
¿Se puede utilizar el Crédito Fiscal para facturas que involucran compras relacionadas con la actividad al emitir Boletas de Honorarios?
Cuando se emiten Boletas de Honorarios y se incluyen adquisiciones destinadas al desarrollo de la actividad, no se permite la recuperación del IVA. Esto se debe a que la emisión de Boletas de Honorarios está vinculada a una actividad de segunda categoría. Además, el derecho al Crédito Fiscal está destinado a los contribuyentes de primera categoría, y solo se aplica cuando realizan actividades de venta o prestación de servicios gravados con IVA.
Plazos para utilizar el IVA como Crédito Fiscal
La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios establece los siguientes plazos para utilizar el IVA obtenido como Crédito Fiscal:
1. Durante el mismo período tributario en el que se emiten las facturas que respaldan las adquisiciones o el uso de servicios, así como en el caso de documentos que acrediten el impuesto pagado por la importación de bienes al territorio nacional durante ese mismo período.
2. En los dos períodos tributarios siguientes a los indicados en las normas anteriores, solo en situaciones donde las correspondientes Notas de Crédito, Notas de Débito, facturas o comprobantes de ingreso del impuesto en el caso de importaciones, se reciban o registren con retraso debido a circunstancias ajenas al contribuyente.
3. En el caso de las Facturas Electrónicas, el derecho al Crédito Fiscal se genera una vez que se realiza el acuse de recibo de los documentos por parte del contribuyente. Esto ocurre al finalizar el plazo de 8 días consecutivos establecido por la ley para considerar que las mercancías han sido entregadas o el servicio ha sido prestado.
Reclamo para Recuperar IVA no Utilizado como Crédito Fiscal Dentro del Plazo Legal
Para solicitar la recuperación del Crédito Fiscal correspondiente al IVA que no se utilizó en el período establecido por la normativa legal, en el caso de un pago indebido o en exceso, es necesario completar el Formulario 2117 y presentarlo en la oficina del Servicio de Impuestos Internos correspondiente al domicilio comercial.
Además, se deben adjuntar la declaración original y la declaración modificada de impuestos, junto con los documentos que respalden el caso. Todo este proceso debe llevarse a cabo dentro de un plazo de tres años, contados desde el acto o evento que justifique la solicitud.