Fiel Cumplimiento
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Descripción:
Para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor, deberá presentar una caución pagadera a la vista, con carácter irrevocable y que asegure el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF). Respecto a la(s) caución(es) emitidas en Unidad de Fomento (U.F), para efectos de conversión, se considerará el valor a la fecha de emisión de la garantía.
El oferente podrá otorgar la garantía mediante uno o varios instrumentos financieros, siempre que éstos sean de la misma naturaleza.
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, se deberá acreditar el pago de la respectiva prima mediante comprobante o verificador (link, código QR u otro), debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje y que considere en su cobertura y expresamente en su condicionado particular, las multas derivadas de incumplimiento contractuales, tratándose de la caución de fiel cumplimiento.
Dentro de los plazos establecidos en el titulo N°3 de las bases administrativas, el adjudicatario o un tercero a su nombre, deberá entregar una o varias garantías(s) de fiel cumplimiento del contrato que cumpla con las siguientes características:
Garantías del proceso Una o varias garantías(s), siempre que éstas sean de la misma naturaleza.
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-36-LE25.
Vigencia Mínima A partir de la fecha de emisión del instrumento (la cual no deberá ser superior a 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la adjudicación) y al menos por 60 días hábiles, contados desde el día siguiente al término del contrato.
Monto 5% del precio final neto ofertado o su equivalente en pesos para aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en UF.
7.2.1 Plazos y forma de entrega de la garantía
La forma de entrega de la garantía dependerá de la naturaleza del documento:
a. Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de JUNAEB Dirección Nacional ubicada en calle Monjitas 565, piso 6, Santiago, cuyo horario de funcionamiento es de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
b. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá remitirse al correo electrónico garantias@junaeb.cl, y ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
7.2.2. Ejecución de la garantía.
JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico, especialmente en los siguientes casos:
a. Cuando el proveedor unilateralmente deje de suministrar los productos o de prestar los servicios contratados;
b. Cuando el proveedor no pague total o parcialmente las multas cursadas y ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ordene ejecutar la garantía;
c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al proveedor;
d. Cuando el proveedor incurra en Incumplimiento(s) de las obligaciones laborales y previsionales del personal destinado a la ejecución del servicio contratado, en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses;
e. Por incumplimiento del Anexo N°3, “Pacto de Integridad”.
7.2.3. Forma y oportunidad de restitución.
La garantía será devuelta al proveedor, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas y derivadas de las bases y/o contrato, previa aprobación del administrador del contrato, en la que señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-36-LE25.
Restitución: La garantía será devuelta al proveedor, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas y derivadas de las bases y/o contrato, previa aprobación del administrador del contrato, en la que señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.