MECANIZADO Y DISTRIBUCIÓN TNE 2025-2026 [85-30-LP25]

Estado Abierta para postular [cierra en 03/07/2025]
Descipción La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, JUNAEB, requiere contratar el servicio de mecanizado y distribución de Tarjetas Nacional del Estudiante TNE, para los años 2025 - 2026. Actualmente, a través de JUNAEB, cerca de 2.000.000 de estudiantes poseen una TNE que les permite desplazarse en el transporte público con tarifa rebajada, durante las 24 horas del día y los 365 días del año. La TNE se entrega a estudiantes que cursan desde quinto año básico en adelante, educación media y educación superior y para alumnos que realizan la reposición de su TNE. Con el fin que cada uno de los estudiantes pueda recibir su TNE, se requiere contratar el servicio de distribución de la TNE, llegando en tiempo y forma al punto de destino de la tarjeta, entendiendo por tiempo los plazos establecidos para este efecto. • Para el año 2025 se estima la distribución referencial de 200.000 TNE. • Para el año 2026 se estima la distribución referencial de 5.000 TNE, entre enero y febrero.
Organismo demandante Junaeb VII Región - JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA  [RUT 60908000-0]
Región Concepción - Región del Biobío
Garantías requeridas
  1. Fiel Cumplimiento [5 %]

    « Haz clic para abrir gratis una línea de garantías para Mercado Público con Maxxa »

    Descripción: Para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor deberá presentar cauciones pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF). Respecto a la(s) caución(es) emitidas en Unidad de Fomento (UF), para efectos de conversión, se considerará el valor a la fecha de emisión de la garantía. El oferente podrá otorgar la garantía mediante uno o varios instrumentos financieros, siempre que éstos sean de la misma naturaleza. En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante de pago de la respectiva prima mediante comprobante o verificador (link, código QR u otro), debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje y que considere en su cobertura y expresamente en su condicionado particular, las multas derivadas de incumplimiento contractuales, tratándose de la caución de fiel cumplimiento.

    Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-30-LP25.

    Restitución: La garantía será devuelta al proveedor, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas y derivadas de las bases y/o contrato, previa aprobación del administrador del contrato, en la que señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.

Productos o servicios
  • Distribución mayorista [x1.0 UNIDAD]