Fiel Cumplimiento
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Descripción:
El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de garantía a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de los contratos. Dicha garantía deberá ser, en peso chileno, según consta en el Reglamento de la ley N.° 19.886.
La garantía deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser entregada en la fecha indicada por el IGM, debiendo entregarse antes de la suscripción del contrato. Transcurrido este plazo, sin que el oferente adjudicado haga entrega de la referida garantía, se entenderá por este sólo hecho, que no existe interés en contratar con el IGM y que revoca o retira su oferta, procediendo a la respectiva readjudicación.
El oferente podrá presentar esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento de forma física en un sobre cerrado, con la identificación de la licitación, su ID correspondiente y el nombre de la compañía oferente, en el domicilio del organismo contratante, el cual deberá ser entregada; o podrá otorgar la garantía de forma electrónica, debiendo ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”.
Glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Servicio de arriendo de cuatro UPS para la sala de servidores del IGM”.
Restitución: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución.