PROPUESTA PÚBLICA N° 116-2025 BUTACAS ESTADIO FSR [2446-166-LQ25]

Estado Abierta para postular [cierra en 17/06/2025]
Descipción PROPUESTA PÚBLICA N° 116-2025 ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BUTACAS EN ESTADIO FRANCISCO SÁNCHEZ RUMOROSO
Organismo demandante Departamento de Salud - I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO  [RUT 69040300-5]
Región Coquimbo - Región de Coquimbo
Garantías requeridas
  1. Fiel Cumplimiento [5 %]

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    Descripción: El proveedor adjudicado deberá presentar caución por el fiel y oportuno cumplimiento de lo contratado. Podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. Debe ser tomada a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, por un monto equivalente al 5% del monto neto adjudicado, con vigencia mínima de 60 días hábiles después de terminado el contrato. Lo anterior, a menos que la oferta adjudicada sea declarada por el municipio como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la Municipalidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía, mediante resolución fundada. Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por el municipio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El plazo máximo de presentación será de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Deberá entregarse en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas, ubicado en Avenida Varela Nº 1112, 6º piso, Coquimbo. En caso que la garantía sea de origen digital y cumpla con lo establecido en la Ley 19.799, podrá ser enviada mediante correo electrónico a la casilla diegogonzalo@municoquimbo.cl. La fecha de vencimiento, y monto de esta caución no podrán ser inferiores a la indicada en la presente licitación. No serán a la vista aquellas en que se indique “previa resolución de liquidador”, “cláusula de arbitraje”, u otra expresión similar, ni aquellas pagaderas con aviso previo. En el evento de garantizar, a través de certificado de fianza, este deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento. Respecto a los oferentes que quieran garantizar, a través de póliza de seguro, incluir las siguientes cláusulas a) Prohibición de ponerle término o modificarla, unilateralmente sin el consentimiento escrito del Municipalidad de Coquimbo; b) Ser a la vista, o no estar sujeta a un proceso de liquidación. c) Que no será aplicable cláusula de arbitraje. d) Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista. e) Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista. El Municipio se reserva el derecho de solicitar a las entidades financieras, documentos que autentifiquen las garantías. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía, debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto; o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. En caso de término anticipado por incumplimiento o causa imputable al proveedor, al tenor de lo indicado en las bases administrativas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a beneficio municipal. No obstante, el municipio se reserva el derecho de demandar judicialmente si los perjuicios son superiores al monto de la garantía. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al municipio para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a la satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades

    Glosa: La glosa deberá indicar “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública N° 116/2025”.

    Restitución: La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento La devolución de la garantía se realizará una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del Departamento solicitante.

Productos o servicios
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