Fiel Cumplimiento
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Descripción:
La garantía deberá tener una vigencia mínima adicional de 60 días hábiles respecto de la fecha de término del contrato, ser pagadera a la vista y tener carácter irrevocable.
La Corporación hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en los siguientes casos:
• Incumplimiento de las obligaciones impuestas por términos de referencia y el respectivo contrato.
• Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
• Cuando por causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la reemplazará, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Glosa: El resguardo de esta garantía, estará a cargo de la Dirección de Finanzas de Corporación y su glosa deberá indicar lo siguiente: “PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE, DESARROLLO Y MANTENCIÓN DE SOFTWARE PARA SU ERP Y SISTEMAS RELACIONADOS DE CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA”. Dicho documento, deberá ser entregado al momento de la suscripción del contrato por parte del proveedor, en las dependencias de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, ubicada en calle Avenida Argentina Nº1595, en la ciudad de Antofagasta.
Restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá dentro de un plazo de 60 días hábiles posteriores al término del contrato, una vez que se encuentren recepcionados los bienes y/o servicios a que este se refiera, a entera conformidad, de acuerdo con informe que deberá evacuar la Unidad Técnica.