Fiel Cumplimiento
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Descripción:
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que le impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del Proveedor/a, según lo dispone el artículo 11 de la Ley N° 19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista , Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquier otro instrumento pagadero a la vista, con carácter irrevocable y a primer requerimiento.
El proveedor podrá otorgar la garantía mediante uno o varios instrumentos financieros, siempre que estos sean de la misma naturaleza.
El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en la República de Chile, a la vista, irrevocable y a la orden del “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa: “SERVICIO DE PRODUCCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES PROGRAMADAS EN EL CONTEXTO DEL DÍA DE LOS PATRIMONIOS Y MES DE LOS ARCHIVOS, PARA LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VALPARAÍSO Y SUS UNIDADES DEPENDIENTES, 2025”.
Glosa: “SERVICIO DE PRODUCCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES PROGRAMADAS EN EL CONTEXTO DEL DÍA DE LOS PATRIMONIOS Y MES DE LOS ARCHIVOS, PARA LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VALPARAÍSO Y SUS UNIDADES DEPENDIENTES, 2025”
Restitución: El Serpat devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Unidad Técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía.