Fiel Cumplimiento
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garantías para Mercado Público con Maxxa »
Descripción:
Se aceptará como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato cualquier instrumento que
asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 121 del
Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de
irrevocable, tales como:
Boleta Bancaria
Póliza de seguro de ejecución inmediata
Certificado de Fianza
Vale a la vista
En caso de que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un
documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente.
Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.
La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los
casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos
Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en
el artículo 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de Servicio Apoyo emprendedor para el
Programa Mi Primer Negocio Rural de INDAP, Región del Biobío.
Restitución: Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas
de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el
pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.
La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento
de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es
el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía
deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite
será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato.
INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto
administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en el numeral 17 de las
presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato.