PVE SERVICIO DE TRASLADO Y TRANSPORTE FUNCIONARIOS [1070620-82-LQ25]

Estado Etapa de postulación terminada [adjudica en 30/05/2025]
Descipción El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique requiere para el cumplimiento de la función que realiza, implementar el servicio de transporte de pasajeros para los funcionarios así como también a los prestadores a honorarios que se desempeñan en el Programa de Hospitalización Domiciliaria a cargo del servicio clínico respectivo dentro de la orgánica de este centro asistencial, para lo cual hace el llamado a presentación de antecedentes en proceso de Licitación Pública para proveer al Hospital mediante un contrato administrativo de prestación del servicio de transporte de pasajeros para el traslado desde el Hospital hasta los domicilios de los usuarios y desde éstos al Hospital para el desempeño de las funciones de los servidores y prestadores a honorarios de la Unidad de Hospitalización Domiciliaria del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, de acuerdo con las especificaciones señaladas en las presentes bases administrativas y técnicas, para lo cual inicia su proceso administrativo de carácter concursal mediante convocado por este acto. Este servicio no considera el traslado asistencial de pacientes, labor que corresponde a servicio de ambulancia, institucional o del Servicio: Sistema de Atención Médica de Urgencia o “S.A.M.U.”, dependiente del Servicio de Salud de Iquique. El requerimiento es de 22 vehículos, en el marco de las estrategias para afrontar la alta demanda de usuarios hospitalizados en domicilio, ya que sin el auxilio de esta particular forma de hospitalización, la actual capacidad de atención se vería dificultada enormemente, impidiendo el normal funcionamiento de las atenciones. No obstante, lo anterior, los requerimientos pueden aumentar en dos vehículos o disminuir en uno, dos o más vehículos dependiendo del flujo de pacientes a atender.
Organismo demandante Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames - HOSPITAL DOCTOR ERNESTO TORRES GALDAMES  [RUT 62000530-4]
Región Iquique - Región de Tarapacá
Garantías requeridas
  1. Fiel Cumplimiento [5 %]

    « Haz clic para abrir gratis una línea de garantías para Mercado Público con Maxxa »

    Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato en las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el adjudicatario deberá presentar una o más garantías de la misma naturaleza, cuyo monto total deberá ser equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario. En los casos en los cuales el monto de la contratación sea inferior a 1.000 UTM, no será exigida esta caución. No obstante, el Hospital ha considerado pertinente exigir dicha garantía en virtud del riesgo involucrado en la contratación y para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del proveedor. Lo anterior, en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley N°19.886, en relación con lo dispuesto en el artículo 121 del Decreto Supremo N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. De acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, el proveedor que resulte adjudicado en la presente licitación, debe presentar previo a suscribir el contrato definitivo, un Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento, que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, que permita su cobro en la ciudad de Iquique, que sea pagadero a la vista y con carácter irrevocable, según lo establecido en el Articulo N°121 del Reglamento de Compras de la Ley N°19.886, expresado en moneda nacional.

    Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DE SERVICIO DE TRASLADO Y TRANSPORTE DE FUNCIONARIOS Y PRESTADORES DE SALUD DE LA UNIDAD DE HOSPITALIZACION DOMICILIARIA DEL HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES, ID 1070620-82-LQ25

    Restitución: Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de esta garantía, o el saldo que restare en caso de aplicación de multas, una vez extinguidas cada una de las obligaciones que emanen de las presentes bases y del contrato, esto es, una vez terminada la garantía del servicio. Lo anterior, de conformidad con lo que establece el artículo N°121 del Decreto Supremo N°661/2024, que establece el Reglamento de Compras de la Ley N°19.886. El proveedor contratado deberá solicitar por escrito la devolución de las garantías asociadas, teniendo el Hospital un plazo de hasta 10 días hábiles para hacer devolución de esta. En el evento que no se efectué esta solicitud de devolución, esta entidad no tendrá responsabilidad respecto a esta caución.

Productos o servicios
  • Servicios de transporte de vehículos [x1.0 UNIDAD]
  • None [xNone None]