CONVENIOS PRAPS ODONTOLOGICOS [1057415-32-LE25]

Estado Etapa de postulación terminada
Descipción Que, la Unidad de Abastecimiento del Hospital Familiar Comunitario de Nacimiento ha recibido solicitud de adquisición N°34560, emitida por el Servicio Dental, quien solicita se realice convenio de PRAPS Programa de Reforzamiento de la Atención Primaria en Salud odontológicos.
Organismo demandante Bienes y Servicios - SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO  [RUT 61602220-2]
Región Nacimiento - Región del Biobío
Garantías requeridas
  1. Fiel Cumplimiento [5 %]

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    Descripción: El plazo para la recepción de la garantía de fiel cumplimiento del contrato se extenderá hasta el décimo día corrido de notificada la adjudicación a través del Portal. La forma de entrega de la garantía dependerá de la naturaleza del documento: a) Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Hospital, ubicada en Avenida Julio Hemmelmann N°711, comuna de Nacimiento, de lunes a viernes de 08:30 a 13:00 horas en la mañana y de lunes a viernes de 14:00 a 16:00 horas, o bien, enviada por correo certificado y recibido en el mismo domicilio, antes del plazo indicado en el primer párrafo de este apartado, o b) En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y enviar el documento electrónico al correo valeska.antileo@ssbiobio.cl, gonzalo.olivares@ssbiobio.cl.

    Glosa: FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LICITACION PUBLICA ID

    Restitución: En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el Contratista deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula “Término anticipado del contrato”. Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el Contratista, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. En el caso que los Contratistas entreguen un vale vista como garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 del DFL N°3 del año 1997, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican, dichos documentos tendrán una validez de 5 años, a partir de lo cual se reafirma que la obligación de mantener vigente este tipo de garantía corresponde únicamente al Contratista. Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

Productos o servicios
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